Los registros Especiales Aduaneros están compuestos por los “Operadores de Comercio Exterior”: Importadores, Exportadores, auxiliares del comercio y del servicio aduanero, sus apoderados generales y dependientes y los otros sujetos comprendidos en el título IV de la Sección de la ley 22.415
PASOS PARA LA INSCRIPCION DE LOS REGISTROS
- Ingresar, a través de la página web de la afip (www.afip.gob.ar) al servicio “Sistema Registral” con su clave fiscal.
- Seleccionar “Registros Especiales”, opción “F.420/R Registro de Operadores de Comercio Exterior”. Allí completar en “Tramite a Realizar”: “Inicio”, y posteriormente el tipo de Operador de Comercio Exterior.
- Cumplidos los “ Requisitos Generales! Que se encuentran detallados en el punto 9 título I del anexo de la RG 2570/09, podrá enviar el formulario 420/R y el sistema emitirá el acuse de recibo.
- Con la aceptación, se conformaran los datos ingresados con los antecedentes del Registro de infractores, y en el área de control aduanero asignara el perfil de riesgo correspondiente.
- Si no se cumple con alguno de los “Requisitos Generales” se indicaran las causales que impiden continuar con el trámite.
- El seguimiento del trámite se podrá seguir efectuar ingresando al servicio “Sistema Registral”, Opción “Registros Especiales – “Consulta de Datos Aduaneros”.
- Se deberá cumplir con los “Requisitos Particulares” según el tipo de sujeto, los que se encuentran detallados en el punto 10 del título I del anexo de la RG 2570/09.
- Dentro de los 30 días de presentado el formulario 420/R, aportar la documentación complementaria ante cualquier dependencia de la aduana.
- Para la finalización del trámite deberá ingresar al servicio “Sistema Registral”, “Registros Especiales, opción “Alta” y enviar el formulario 420/R (dentro de los 30 días de iniciado el trámite).
- El sistema emitirá el resultado correspondiente:
- La constancia de aceptación, registrando el alta del solicitante en el “ Registro Especial”
- Un aviso con los motivos/requisitos faltantes por los que el trámite no ha sido aceptado.
Según el tipo de trámite que realice podrá consultar los requisitos y la documentación complementaria mediante la opción “Tramites”, “Requisitos y Documentación” del servicio “Sistema Registral”.
MODIFICACION DE DATOS
Las modificaciones de datos deben realizarse utilizando el servicio con clave fiscal “Sistema Registral”, mediante el formulario 420/R. En caso de corresponder se deberá presentar la documentación que acredite la modificación.
CANCELACION DE INSCRIPCION
Se podrá solicitar la baja cuando desaparezcan las causas generadoras de la obligación de la inscripción. La cancelación de inscripción debe realizarse utilizando el servicio con clave fiscal “Sistema Registral”, mediante formulario 420/R
ELEMENTOS DE IDENTIFICACION COMPLEMENTARIOS
Se requerirá el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar de las personas físicas que actúen por si o como apoderados o representantes legales. En este momento, se requerirá también la exhibición del documento de identidad el que será escaneado. La registración se efectuara ante cualquier dependencia de la aduana y no tendrá efectos hasta que el responsable ratifique su foto y firma ingresando al servicio con clave fiscal denominado “Aceptación de datos biométricos”.
Presentación de documentación respaldatoria
Las fotocopias de la documentación respaldatoria que corresponda adjuntar a las presentaciones deberán encontrarse certificadas por escribano público y colegio respectivo.
La presentación podrá ser realizada por terceras personas debidamente autorizadas a través del formulario 3283/A o el 3283.
De tratarse de documentos de identidad, los mismos serán escaneados y no se requerirá fotocopias certificadas de ellos.
Domicilios Especiales aduaneros
Es obligatorio realizar la declaración de los domicilios especiales aduaneros y de domicilio de los depósitos discales u terminales de carga a través de la página web de afip (WWW.AFIP.GOV.AR) operando con clave fiscal, A través del servicio “Sistema Registral”
ACLARACIONES
ANTECEDENTES JUDICIALES: TUCUMAN 1353 CABA.
GARANTIAS
Garantía IMEX si no acredita solvencia $ 30.000.- (Ej.: Seguro de Caución)
Garantía ATA / DESPACHANTE $ 2309.40.- Generada con VEP.
REQUISITOS PARTICULARES POR FIGURA.
IMEX - Antecedentes judiciales de los integrantes titulares.
ATA – Antecedentes judiciales de los integrantes titulares.
DESPA - Antecedentes judiciales de los integrantes titulares. + I inscripción igj del despachante.
O. DE CONT – Listado de carácter de DJ de listado de contenedores.
PR. DE ABORDO – Inscrip. IGJ para grupos A/B/D y título profesional grupo C
DEPOSITOS – Copia de la caratula segea de presentación para habilitación.
U. ZONA FRANCA – Autorización del usuario en la aduana de jurisdicción.